InicioBeneficiosPensión Garantizada Universal (PGU) amplió su cobertura. Ahora más personas pueden solicitarla

Accede al video explicativo https://www.youtube.com/watch?v=5rQVh9VYacE&t=3s

 

¿Qué es la Pensión Garantizada Universal (PGU)?

La Pensión Garantizada Universal es un beneficio donde el Estado entregará un monto para todas las personas mayores de 65 años que no pertenezcan al 10% más rico de la población, y que sustituye la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Solidario por Vejez (APSV). El monto de este beneficio asciende a un máximo de $193.917.

Este beneficio viene a reforzar el Pilar Solidario y por ende al actual Sistema Mixto de Pensiones, buscando mejorar tanto las actuales como futuras pensiones. Esto con la finalidad de apoyar a las personas que durante su vida laboral tuvieron periodos sin aportes (lagunas previsionales) o trabajos informales, por lo que no pudieron cotizar de manera permanente.

¿A quiénes está dirigido?

La podrán recibir todas las personas de 65 años o más que no integren un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población, independiente de que estén pensionados o no, por cualquier modalidad. Deben tener también, una pensión o ingreso inferior a $1.048.200 pesos.

Además, se debe acreditar residencia en Chile por al menos 20 años, desde los 20 años de edad, continuos o discontinuos. También deben haber residido en Chile al menos 4 de los últimos 5 años.

¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

Este beneficio contempla el acceso a todas las personas mencionadas anteriormente, considerando lo siguiente:

Entre febrero y mayo del 2022, recibieron automáticamente el beneficio Pensión Garantizada Universal quienes ya contaban con del Aporte Previsional Solidario, siempre y cuando el beneficio de PGU le entregue un mayor valor a largo de su vida y también aquellos nuevos solicitantes que hasta julio cumplían con los requisitos del Pilar Solidario que contemplaba hasta el 60% más vulnerable.

Desde agosto de 2022, podrán solicitarlo aquellos que aún no reciben el beneficio y no pertenezcan al 10% más rico de la población, sean pensionados o no. Quienes cumplan con los requisitos y hayan postulado recibirán su pago una vez que el IPS haya validado la información.

¿Cuál es el monto que entrega el beneficio?

Para quienes tengan una pensión base de hasta $630.000 pesos, recibirán $193.917. Si recibe una pensión base entre $630.000 y $1.048.200 pesos, el monto de la PGU será variable.

Es importante tener en cuenta que con el primer pago, se considera el monto retroactivo desde el ingreso a la postulación al beneficio. Es decir, si la postulación se realizó el 1 de agosto y el primer pago es en septiembre, recibirá el monto por ambos meses.

Para quienes pertenezcan a los tramos entre el 61% y 90% de vulnerabilidad y hayan realizado la postulación entre febrero y junio, el monto retroactivo considerará solo el pago de agosto, dado que es el mes en que comenzó a regir los nuevos requisitos del pilar solidario.

¿Qué es la Pensión Base?

La pensión base es la Pensión Autofinanciada de Referencia (PAFE) más las pensiones de sobrevivencia de AFP, IPS y de la ley de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, en caso de que usted la reciba. De lo contrario, su pensión base será igual a la PAFE.

La PAFE es un mecanismo establecido por la Superintendencia de Pensiones, que permite calcular cuál es la pensión que recibiría usted al pensionarse a la edad legal, considerando sus ahorros previsionales obligatorios.

Este es un monto estimado de pensión que usted obtendría al cumplimiento de la edad legal, este o no pensionado. En caso de estarlo, no necesariamente corresponde a la pensión que recibe actualmente.

¿Para qué sirve la Pensión Base?

El monto de la Pensión Base se utiliza para determinar si usted cumple uno de los requisitos para recibir algún beneficio estatal.

¿Cómo se aplica la Pensión Base a la Pensión Garantizada Universal (PGU)?

Para las personas que tienen una Pensión Base entre $0 y $630.000 recibirán el total de la PGU siempre y cuando también cumplan con los demás requisitos. En el caso de tener una Pensión Base entre los $630.000 y $1.048.200 recibirán una parte del monto. Si tiene una Pensión Base mayor a $1.048.200 no podrá acceder a la PGU.

¿Qué se necesita para poder postular al beneficio?

Para poder postular al beneficio, es necesario tener actualizada la ficha del Registro Social de Hogares. Esto se puede realizar en http://www.registrosocial.gob.cl/.

También se debe tener disponible la clave única, la que se puede obtener en https://claveunica.gob.cl/

¿Por qué hubo un aumento en el monto de julio?

Desde febrero a mayo del 2022 la Pensión Garantizada Universal entregaba un monto de $185.000. A contar de junio el monto tuvo un reajuste de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC) y aumentó a $193.917. Tenga en cuenta que, en julio, quienes ya tenían el beneficio, recibieron los $193.917, a lo que se sumó la diferencia retroactiva de junio, dado que en ese mes el Instituto de Previsión Social (IPS) entregó la PGU sin el reajuste.

¿Quiénes podrán acceder desde agosto?

Hasta julio de 2022, pueden acceder al beneficio pensionados que están dentro del 60% más vulnerable de la población. Desde agosto, pueden solicitarlo quienes estén pensionados o no y sean parte del 90% más vulnerable.

¿Desde cuándo el Instituto de Previsión Social (IPS) empieza a pagar la PGU?

A contar de junio, el IPS comenzó a entregar la PGU. Se debe tener en cuenta, que cuando el pensionado recibe también su pensión entregada por AFP Capital, tendrá 2 pagos, uno correspondiente a ésta, el cual será pagado por AFP Capital y otro a la PGU, entregado por el IPS.

¿Qué medios de pagos habrá para el pago de la PGU?

Los que tienen como medio de pago de su pensión depósito bancario y Caja de Compensación Los Héroes, recibirán la PGU en estos mismos medios, junto a su pensión a quienes corresponda. Aquellos que tenían Servipag y Vale Vista, recibirán el o los pagos en cualquier sucursal de BancoEstado a lo largo del país.

¿Quién pagará el monto de la Pensión Garantizada Universal?

La PGU es financiada por el Estado.

Desde febrero hasta mayo, la PGU fue entregada por la AFP en conjunto con el pago de la pensión que cada persona financia con sus ahorros. A contar de junio comenzó a ser entregada por el Instituto de Previsión Social.

¿Por qué medios de pago podré recibir la PGU?

Para quienes reciban su pensión actual a través de depósito en cuenta bancaria, el IPS mantendrá este medio de pago para recibir la PGU.

A los afiliados que tengan medios de pago en efectivo, como Servipag o Vale Vista, el IPS cambiará el pago a sucursales de BancoEstado. También se puede recibir en las sucursales de Caja de Compensación Los Héroes si así lo desea.

Quienes estén en esta situación, le invitamos a modificar su medio a depósito bancario o Caja de Compensación Los Héroes, contactándose en cualquiera de nuestros canales de atención, con la finalidad de acceder al pago de manera simple y rápida.

¿Puedo revertir el cambio a PGU para volver a recibir el APSV?

Los beneficiarios de PGU tienen derecho a revertir la asignación, por una sola vez, hasta abril de 2023, presentado la correspondiente solicitud al IPS. Es importante que quien quiera tomar esta decisión, esté informado de los impactos que tendría en su pensión, dado que es irreversible.

¿Los pensionados que no tienen Aporte Previsional Solidario por estar fuera del 60% más vulnerables, tendrán derecho a la Pensión Garantizada Universal?

Si, los pensionados que no son beneficiarios del Aporte Previsional Solidario por estar fuera del 60% más vulnerable también tendrán acceso a la PGU siempre y cuando cumplan con los requisitos mencionados anteriormente.

¿Desde qué edad se puede postular a la PGU?

A partir de los 65 años de edad. 

¿Dónde se realiza la solicitud?

100% online en el sitio del IPS www.ips.gob.cl 

En el caso de tener el pago de pensión ajustado a la Pensión Básica Solidaria ¿La PGU se sumará al monto entregado?

La PGU se sumará a la pensión autofinanciada con los ahorros previsionales al momento de pensionarse.

¿Quiénes tengan Garantía Estatal pueden acceder a la PGU?

Todos los pensionados que actualmente reciben el beneficio Garantía Estatal (GE), pueden optar a la PGU desde hoy, siempre que cumplan los demás requisitos de la PGU, postulando a través del IPS. Este beneficio reemplazaría el que ya reciben. Si no optan seguirán recibiendo la GE.

¿El monto a entregar contemplara algún descuento?

El monto no contempla descuentos. Sin embargo, es importante tener en cuenta que si la pensión base es mayor a $630.000, se entregará un monto proporcional que irá disminuyendo a medida que el beneficiario se acerca al tope del millón de pesos, tal como aparece en la respuesta anterior. (eliminaría lo en amarillo)

¿Las personas con pensión de invalidez que reciben Aporte Previsional Solidario, también tendrán derecho a la PGU?

Quienes sean beneficiarios del Aporte Previsional Solidario por Invalidez, mantendrán su actual beneficio el cual aumentará su monto al valor de la PGU. Asimismo, se aumentará la cobertura del pilar solidario de invalidez de 60% a 80% más vulnerable de la población. Una vez que el pensionado de invalidez cumpla los 65 años, cambiará automáticamente al beneficio de PGU, siempre que siga cumpliendo los requisitos de la Ley.

¿Se mantendrá el beneficio de Cuota mortuoria para beneficiarios de PGU?

Se mantiene el beneficio de cuota mortuoria con un tope de 15 UF para quienes hayan accedido a la PGU. Si el beneficiario no tiene los fondos en su cuenta de ahorro obligatorio para financiar este monto, el Estado entregará la diferencia hasta alcanzar las 15 UF. 

¿El pago de los afiliados que tienen actualmente APSV seguirá por la AFP?

El pago para quienes tienen APSV y no cambiaron a PGU en mayo, seguirán recibiendo su beneficio de APSV en la AFP independiente que el pago de la PGU lo realice el IPS.

¿Los afiliados que tienen pensión de reparación, siendo mayor de 65 tienen derecho a la PGU?

Los afiliados con pensiones de reparación, que cumplan los requisitos para acceder a la PGU tendrán derecho al beneficio, accediendo al monto que resulte de restar la PGU ($193.200) de la o las pensiones que ya reciba.

¿Los beneficiarios de pensión de sobrevivencia deben ser mayores de 65 años para acceder a la PGU?

Los beneficiarios de pensión de sobrevivencia tienen derecho a la PGU siempre y cuando cumplan con los requisitos mencionados anteriormente.

¿Las personas que no tengan saldo en su cuenta obligatoria y no pueden acceder a la PGU, podrán cotizar en Fonasa?

Las personas que tengan estas dos condiciones podrán cotizar en Fonasa, con el 7% calculado sobre el monto de la PGU.

¿Si soy exonerado político puedo acceder a la PGU?

Si tienen derecho a la PGU quienes sean exonerados de la PGU, sin embargo, en caso de recibir pensiones acogidas a leyes especiales, estos montos se les descontarán del beneficio de la PGU.

¿Si soy pensionado por invalidez puedo acceder a la PGU?

SI es menor de 65 años puede solicitar el Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI) y en caso de ser concedido se le asegura una pensión al valor de la PGU ($193.917). Si es mayor de 65, puede solicitar la PGU, si cumplen con los requisitos.

¿Si tengo una renta vitalicia puedo acceder a la PGU?

Si, todos los pensionados por cualquier modalidad pueden acceder a la PGU, si cumplen con los requisitos.

¿Si soy pensionado por sobrevivencia puedo acceder a la PGU?

Si puede acceder, siempre que cumpla con los requisitos. 

¿Si vivo en el extranjero puedo acceder a la PGU?

Las personas que viven en el extranjero si pueden acceder al beneficio, siempre y cuando haya vivido 20 años en Chile desde los 20 años de edad y haber residido en Chile por lo menos 4 años en los últimos 5 años anteriores a la solicitud de la PGU.